El Consejo de la Magistratura es responsable del régimen disciplinario de las jurisdicciones ordinaria, agroambiental y de las jurisdicciones especializadas. Además del control y fiscalización de su manejo administrativo y financiero; y de las políticas de su gestión.
Está
integrado por tres consejeros titulares e igual número de suplentes, que son
electos mediante voto popular que se realiza en circunscripción nacional, es decir en toda Bolivia. Son electos los
candidatos o candidatas que obtengan el mayor número de votos válidos.
Para
la Elección de Autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional que
se desarrollará el 1 diciembre de 2024 se presentaron 20 candidatas y
candidatos, de los cuales 10 son mujeres y 10 hombres y cuatro se auto
identifican con alguna nación y pueblo indígena originario campesino.
N° |
Candidata/o |
Género |
Auto identificación |
1 |
GABRIELA PAULA ARAOZ LOPEZ |
F |
|
2 |
MARISOL CAMARGO ESPADA |
F |
|
3 |
PATRICIA FELISA CASTILLO SILES |
F |
|
4 |
SELMA GABRIELA GUTIERREZ CRUZ |
F |
|
5 |
LUDGARDA MARTINEZ BORJA |
F |
|
6 |
CARMINIA ALEJANDRA MARTINEZ CUSICANQUI |
F |
|
7 |
NATALY EMMA VARGAS VARGAS |
F |
|
8 |
MARIA ANGELA ORDOÑEZ FLORES |
F |
A.I. |
9 |
RUTH ISABEL ZEBALLOS SAAVEDRA |
F |
|
10 |
DORA ESPADA PEREZ |
F |
|
11 |
JUAN CARLOS ARELLANO PAZ |
M |
|
12 |
FREDDY BARBOLIN PLANTARROSA |
M |
|
13 |
MANUEL BAPTISTA ESPINOZA |
M |
|
14 |
RAMIRO FROILAN CANEDO CHAVEZ |
M |
A.I. |
15 |
ALDO ALEX CASTRO QUEVEDO |
M |
|
16 |
ISIDRO LIMACHI AGUILAR |
M |
A.I. |
17 |
GREGORIO MERLO CHURA |
M |
|
18 |
JULIO JHONNY ROCHA JIMENEZ |
M |
A.I. |
19 |
CARLOS SPENCER ARANCIBIA |
M |
|
20 |
ZENON ZEPITA PEREZ |
M |
|
A partir
del 17 de octubre los méritos de las candidatas y candidatos a esta instancia
estarán publicada en la página web del Tribunal Supremo Electoral, www.oep.org.bo
Constitucionalmente
el Consejo de la Magistratura tiene nueve atribuciones:
1. Promover la revocatoria de
mandato de las Magistradas y de los Magistrados del Tribunal Supremo de
Justicia y del Tribunal Agroambiental, cuando, en el ejercicio de sus
funciones, cometan faltas gravísimas determinadas por la ley.
2. Ejercer el control disciplinario
de las vocales y los vocales, juezas y jueces; y personal auxiliar y
administrativo del Órgano Judicial. El ejercicio de esta facultad comprenderá
la posibilidad de cesación del cargo por faltas disciplinarias gravísimas,
expresamente establecidas en la ley.
3. Controlar y fiscalizar la
administración económica financiera y todos los bienes del Órgano Judicial.
4. Evaluar el desempeño de funciones
de las administradoras y los administradores de justicia, y del personal
auxiliar.
5. Elaborar auditorías jurídicas y
de gestión financiera.
6. Realizar estudios técnicos y
estadísticos.
7. Preseleccionar a las candidatas y
a los candidatos para la conformación de los tribunales departamentales de
justicia que serán designados por el Tribunal Supremo de Justicia.
8. Designar, mediante concurso de
méritos y exámenes de competencia, a los jueces de partido y de instrucción.
9. Designar a su personal
administrativo
Si
quieres conocer más información sobre el Consejo de la Magistratura puedes
consultar en la ley N° 025 de Organización del Órgano Judicial del 24 de junio
de 2010.