
El Gobierno, a través del Ministerio de Justicia, no reconoció ni admitió el informe del Grupo de Trabajo de la Organización de Naciones Unidas (ONU), que calificó la detención del gobernador Luis Fernando Camacho como arbitraria. Además, indicó que dicho documento es sesgado.
“Bolivia no reconoce ni admite la opinión del Grupo de Trabajo por considerarlo sesgado, con información parcial y desactualizado, más aún cuando la misma opinión señala de forma expresa que ‘cualquier punto de vista y opinión presentados son exclusivamente los del autor y no representan necesariamente los de la ONU o de la OACNUDH”, se lee en el documento oficial.
El viernes, se conoció que el Grupo de Trabajo de la ONU señaló que la detención del gobernador cruceño es arbitraria y que contravienen a artículos de la Declaración de Derechos Humanos.
"La privación de libertad de Luis Fernando Camacho es arbitraria. Contraviene los artículos 2, 7, 9, 10, 11, 19, 20 y 21 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y los artículos 9, 14, 19, 22 y 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y se inscribe en las categorías I, II, III y V", se lee en la primera resolución del grupo de Trabajo de la ONU.
Además, pidió al Gobierno de Luis Arce adoptar “medidas necesarias para remediar la situación del Sr. Camacho sin dilación y ponerla en conformidad con las normas internacionales pertinentes, incluidas las dispuestas en la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto".
En ese mismo sentido, el informe internacional consideró que el remedio adecuado sería poner “al Sr. Camacho inmediatamente en libertad y concederle el derecho efectivo a obtener una indemnización y otros tipos de reparación, de conformidad con el derecho internacional".
Sin embargo, desde el Gobierno no se reconoce tal informe y se sostiene que el mismo no es vinculante para las decisiones judiciales de Bolivia.
“El Ministerio de Justicia informa a la opinión pública que el Grupo de Trabajo sobre la detención arbitraria del Consejo de Derechos Humanos de la ONU forma parte de procedimiento especiales extra comités o subcomités como una instancia de asesoramiento consultivo cuyas recomendaciones no tienen carácter vinculante, obligatorio ni pueden sustituir los procedimientos judiciales internos de los Estados. Tampoco se catalogan como informes de Estado y menos Resoluciones o sentencias del sistema Protectivo de Derechos Humanos”, se señala en el documento.