Política

Fiscalía cita a Edman Lara a declarar por caso de impedimento de trabajo de un policía

El candidato a la vicepresidencia fue denunciado por el sargento Jesús Apolinar Ocampo, a quien llamó "corrupto".

Lara con el policía al que agredió, en una captura de video.
Política | Visión 360 | 2025-09-28 13:33:00

La Fiscalía Departamental de Santa Cruz, a través de la fiscal de materia Mirian Iveth Negrete, emitió una orden de citación para el candidato a la vicepresidencia por el PDC, Edmand Lara, para que preste su declaración informativa policial en calidad de denunciado.

Lara deberá presentarse el próximo jueves 9 de octubre de 2025 a horas 8.45 en las oficinas de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (Felcc) de Santa Cruz.

La citación se enmarca en una acción interpuesta por Jesús Apolinar Ocampo Magne, quien denunció a Lara por el presunto delito de impedir o estorbar el ejercicio de funciones tipificado en el artículo 161 del Código Penal.

Hace poco, circuló en las redes sociales un video en el que se observa a Lara filmando y acusando al sargento de “corrupto”. Lara aseguró que su reacción se debió a que dos policías ingresaron a un local donde se encontraba sin orden de allanamiento ni presencia fiscal.

Tras el incidente, el Consejo Ejecutivo Nacional de Suboficiales, Sargentos, Personal de Servicio, Viudas y Derechohabientes del Servicio Pasivo de la Policía Boliviana emitió un comunicado exigiendo a Lara disculpas públicas.

“El hecho constituye no solo una afrenta a la dignidad personal del efectivo policial, sino también un agravio a la institución y a la convivencia armónica de la sociedad”, señaló la organización en un pronunciamiento.

“Debe presentarse portando su cédula de identidad y en compañía de defensor técnico de su preferencia, por ser necesaria su presencia dentro del caso”, dice parte de la citación judicial.

El documento advierte que, en caso de inasistencia sin justificar un impedimento legítimo, se librará la correspondiente orden de aprehensión contra el denunciado.

“La presente orden de citación es librada por imperio de lo prescrito en el Art. 224 del Código de Procedimiento Penal y podrá ser ejecutada en cualquier hora y día hábil, observando los procedimientos establecidos por Ley, en caso de inasistencia a esta orden emanada por la suscrita fiscal sin justificar impedimento legítimo, se librará la correspondiente orden de aprehensión”, se lee en el documento.