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El TSE establece multas de Bs 550 por no votar o circular sin permiso y hasta de Bs 1.375 por faltas graves

El TSE recordó que las faltas cometidas antes, durante y después de la segunda vuelta de este 18 de octubre serán sancionadas con multas que van desde Bs 137 hasta Bs 1.375, según la gravedad de la infracción.

Imagen de ilustración. Foto: Archivo.
| Brújula Digital | 2025-10-18 18:00:29

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) recordó que las faltas cometidas antes, durante y después de la segunda vuelta de este 18 de octubre serán sancionadas con multas que van desde Bs 137 hasta Bs 1.375, según la gravedad de la infracción.

El vocal del TSE, Gustavo Ávila, llamó a la población a asistir a las urnas este domingo. “El voto en Bolivia es obligatorio, hay sanciones para los ciudadanos que no vayan a emitir su voto”, declaró este sábado luego de la reunión con la misión de observación de la Unión Europea. “Sobre todo, el voto en Bolivia va a fortalecer la democracia e invitamos a los 7,5 millones de habitantes habilitados a asistir a las urnas”, precisó.

De acuerdo con la Resolución TSE-RSP-ADM N° 0428/2024, las sanciones se aplican a jurados, notarios, servidores públicos y ciudadanos, con el objetivo de garantizar el cumplimiento de las normas y la transparencia del proceso electoral.

Sanciones para jurados y notarios electorales

Los jurados que no asistan a las reuniones de capacitación deberán pagar una multa equivalente al 5% del salario mínimo que asciende a Bs 137,50. Si abandonan temporalmente la mesa sin autorización o incumplen los horarios de apertura y cierre, la multa ascenderá al 30% del salario mínimo, Bs 825.

Las faltas graves —como negarse a firmar el acta, no registrar resultados o abandonar la mesa sin justificación— serán sancionadas con el 50% del salario mínimo nacional, Bs 1.375. Esta misma sanción se aplicará a los notarios electorales que incumplan funciones esenciales como la capacitación de jurados, entrega de material o reporte de información.

Multas para ciudadanos y funcionarios públicos

Los electores que no voten y no presenten su certificado de sufragio dentro de los 90 días posteriores a la jornada electoral deberán pagar una multa de Bs 550. Durante ese tiempo, tampoco podrán acceder a cargos públicos, realizar trámites bancarios ni gestionar pasaportes.

Están exentos quienes justifiquen fuerza mayor, tengan más de 70 años o se encuentren fuera del país el día de la elección.

Asimismo, quienes circulen en vehículos sin autorización durante el día de los comicios —ya sean públicos o privados— serán sancionados también con Bs 550. Los funcionarios públicos que no exijan el certificado de sufragio al momento de realizar trámites oficiales dentro del plazo establecido recibirán la misma multa.

El TSE destacó que estas disposiciones buscan preservar el orden, la legalidad y la integridad del proceso electoral, promoviendo una participación responsable y el respeto a las normas democráticas.

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