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La tarea urgente de la Asamblea Legislativa

La tarea urgente de la Asamblea Legislativa
Mauricio Ochoa Urioste - Abogado | Abogado
| 2025-11-27 07:00:00

En el momento de eliminar definitivamente el Ministerio de Justicia, el presidente boliviano, Rodrigo Paz, admitió públicamente una verdad conocida por la sociedad civil y la comunidad internacional: la persecución política orquestada por el Movimiento al Socialismo.

En efecto, esta persecución política, que lleva más de una década a partir de juicios temerarios y politizados, a gusto y sazón de la dictadura que precedió en Bolivia, ha tenido como resultado una auténtica crisis humanitaria de refugiados y exiliados connacionales que sufren el desarraigo, el resquebrajamiento de su tejido social y el profundo dolor inaudible del exilio.

Por estas razones, la tarea prioritaria número uno —valga la redundancia— de la Asamblea Legislativa de Bolivia debe ser, tal como lo han reconocido diversos juristas y políticos, la nulidad total de los juicios y sentencias instaurados contra quienes hoy tienen calidad de refugiados amparados en la Convención de Ginebra de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados. Y esta nulidad debe ir acompañada de una reparación integral a las víctimas, de conformidad con la Convención Americana sobre Derechos Humanos y normas conexas.

Si el Estado boliviano guarda relación con los requisitos mínimos de una democracia, tiene el deber de cumplir con el respeto irrestricto de los derechos humanos conculcados gravemente durante la época del terror instaurada por el masismo y devolver a las víctimas del exilio forzado la oportunidad de volver a su país de origen.

Los reconocidos juristas Pedro Gareca y Williams Herrera, así como el parlamentario Carlos Alarcón, coinciden en la urgencia de atender esta causa humanitaria. Aunque sus análisis versan sobre diversos criterios y razonamientos, es evidente la necesidad de darle certidumbre legal e institucional a Bolivia de cara al mundo.

A la par, urge revisar también en el Parlamento las incontables normas jurídicas que mermaron, de uno u otro modo, el concepto del garantismo jurídico instituido por el Código de Procedimiento Penal de la década de 1990, de corte acusatorio y no inquisitivo. No se trata de un mero capricho. No puede existir un juicio justo, verdadero y auténtico, apegado al bloque de constitucionalidad, sin la premisa de un sistema penal que tenga como base las garantías judiciales incorporadas en el Pacto de San José de Costa Rica, ratificado por el Estado boliviano.

En suma, la Asamblea Legislativa boliviana tiene muchas tareas, pero un deber urgente que requiere, incluso, dispensación de trámite: devolver a los perseguidos políticos —y concretamente a los refugiados amparados por el ACNUR durante el masismo— la posibilidad de retornar a su patria.

Mauricio Ochoa Urioste - Abogado | Abogado