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Conozca los montos de las multas para jurados, notarios, funcionarios y ciudadanos durante las elecciones

Según el reporte de Fuente Directa, las multas están establecidas en el marco del artículo 236 de la Ley 026 y la Resolución TSE-RSP-ADM N. º 428/2024 sobre faltas y sanciones electorales.

Imagen de ilustración. Foto: Archivo.
Política | ABI | 2026-03-19 11:37:00

En el marco de la normativa vigente, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) establece multas para jurados, notarios, servidores públicos y ciudadanos que incumplan sus obligaciones durante la jornada electoral del 22 de marzo.

Según el reporte de Fuente Directa, las multas están establecidas en el marco del artículo 236 de la Ley 026 y la Resolución TSE-RSP-ADM N. º 428/2024 sobre faltas y sanciones electorales. Las sanciones, fueron determinadas en función al salario mínimo nacional vigente y se aplicarán según la gravedad de las infracciones.

¿Cuáles son las faltas y sanciones?:

Para jurados electorales

De acuerdo a normativa electoral, los jurados electorales que incurran en faltas como negarse a firmar el acta electoral, no consignar resultados, no asistir injustificadamente, abandonar la mesa de sufragio o no reportar irregularidades, deberán pagar una multa equivalente al 50 % del salario mínimo, es decir, Bs 1.650.

Por otro lado, las faltas consideradas de carácter intermedio, como ausentarse temporalmente sin autorización, no devolver el material electoral o incumplir los horarios de votación, serán sancionadas con una multa del 30% del salario mínimo, equivalente a Bs 990.

Para notarios electorales

Los notarios electorales que no cumplan con sus funciones, como asistir a la organización y capacitación de jurados, brindar apoyo el día de la votación o realizar reportes en los sistemas de monitoreo, deberán pagar una multa del 50% del salario mínimo (Bs 1.650). Esta sanción también se aplicará a quienes no distribuyan oportunamente el material electoral a las mesas de sufragio.

Para servidores públicos

Bajo la misma norma, en cuanto a los servidores públicos, aquellos que circulen en vehículos oficiales sin autorización el día de la elección o no exijan el certificado de sufragio dentro de los 90 días posteriores serán sancionados con el 20% del salario mínimo, equivalente a Bs 660.

Cometidos por particulares

Para la ciudadanía, el TSE dispuso multas de Bs 660 (20 % del salario mínimo) para quienes no emitan su voto, no presenten el certificado de sufragio, circulen en vehículos sin autorización o incumplan disposiciones electorales.

Asimismo, quienes no se inscriban en el padrón electoral o lo hagan con datos incompletos deberán pagar Bs 330 (10% del salario mínimo). La misma sanción de Bs 660 se aplicará a funcionarios de entidades financieras que no exijan el certificado de sufragio en los casos establecidos por ley.