Los bloqueos criminales continúan y el gobierno se resiste a decretar el estado de excepción. El diálogo y toda búsqueda de entendimiento parecen destinados al fracaso. La peor estrategia del gobierno ha sido amenazar y ceder. En ningún momento se ha visto firmeza, convicción ni determinación, como corresponde a un gobierno legítimo. La intervención de la Iglesia Católica abrió una ventanita, pero no había resultados concretos hasta el momento de escribir este comentario.
Los subversores del orden constitucional solo quieren la renuncia del presidente Rodrigo Paz. ¿Acaso activar la sucesión presidencial resolverá el conflicto? El movimiento cívico no solo ha pedido esta medida, sino también la detención de Evo Morales. Pero ¿quiénes sostienen económicamente estos bloqueos? Estos grupos minoritarios no pueden atentar contra el Estado Constitucional de Derecho. En cualquier caso, pareciera que estas son las últimas cartas del Chapare. En el fondo, se trata de una disputa por el poder. Los desplazados no terminan de entender que perdieron en las urnas y que, en democracia, las minorías tienen que someterse a las mayorías.
La ciudadanía tenía la esperanza de que, con la abrogación de la denominada Ley Copa, el gobierno decretaría el estado de excepción para restablecer el orden público y el principio de autoridad. En el fondo, se trata de una decisión política que permite adoptar las medidas necesarias para frenar las movilizaciones violentas en los departamentos de La Paz, Oruro, Potosí y Cochabamba. Pero ¿qué medidas se deben imponer? Las que sean necesarias para liberar las carreteras y restablecer las libertades públicas. El Estado monopoliza el uso de la fuerza y tiene que hacer prevalecer su autoridad.
El estado de excepción debe ser regionalizado e imponerse donde sea estrictamente necesario y por el tiempo que exijan las circunstancias. Y como este conflicto era previsible, el gobierno debe tener toda la información y saber qué medidas adoptar en cada caso. Se tiene que ejecutar un operativo simultáneo en todos los lugares donde se esté impidiendo el libre tránsito y el ingreso y salida de medicamentos y alimentos. La fuerza pública y las Fuerzas Armadas no salen a matar —no estamos en guerra—, sino a desbloquear y garantizar el libre tránsito de la ciudadanía.
La Constitución establece que el presidente del Estado tiene la potestad de declarar el estado de excepción en todo o en parte del territorio nacional, según sea necesario (arts. 137-139 CPE). Sin embargo, en ningún caso podrán suspenderse las garantías del debido proceso, el derecho a la información ni los derechos de las personas privadas de libertad. La Asamblea Legislativa aprobará la medida dentro de las siguientes setenta y dos horas. El procedimiento legislativo especificará las facultades conferidas y guardará estricta relación y proporción con el caso de necesidad atendido por el estado de excepción. El Órgano Ejecutivo rendirá cuentas al Legislativo sobre los motivos que dieron lugar a la declaración del estado de excepción, así como sobre el uso de las facultades conferidas por la Constitución y la ley.
El estado de excepción también se encuentra previsto en el artículo 27 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. En caso de guerra, peligro público u otra emergencia que amenace la independencia o la seguridad del Estado, este podrá adoptar disposiciones que, en la medida y por el tiempo estrictamente limitados a las exigencias de la situación, suspendan las obligaciones contraídas en virtud de esta convención, siempre que tales disposiciones no sean incompatibles con las demás obligaciones que impone el derecho internacional y no entrañen discriminación alguna fundada en motivos de raza, color, sexo, idioma, religión u origen social.
La Corte IDH ha fijado algunas pautas generales: 1) la medida tiene que ser invocada para preservar la democracia; y 2) debe ser objetivamente justificable (OC-8/87, de 30 de enero). Los estados de excepción deben reservarse exclusivamente para casos realmente excepcionales, situaciones de extrema gravedad que pongan en peligro la vida de la nación. El estado de excepción es imprescindible para restablecer el orden público e imponer el principio de autoridad. Esta medida será bien acogida por el pueblo boliviano y el gobierno debe aplicarla antes de que sea demasiado tarde.
*Jurista y autor de varios libros.