Tribuna

Eutanasia boliviana

Eutanasia boliviana
William Herrera Áñez | Jurista y autor de varios libros
| 2026-10-18 08:34:31

La Cámara de Diputados debe comenzar a tratar el proyecto de Ley de Cuidados Paliativos, Muerte Digna y Eutanasia, según informó su proyectista, Diego Brañez. El proyecto coincide con el pedido de Aldrin Ichuta, quien luce agotado ante el avance de su enfermedad y la inutilidad de los medicamentos y tratamientos que recibe. El joven padece osteosarcoma, una forma de cáncer óseo. Quiere que el presidente Rodrigo Paz lo escuche y conozca de cerca el sufrimiento que enfrenta. Aclara que no quiere morir porque haya dejado de amar la vida, sino porque teme que sus últimos momentos estén marcados por el dolor y perder la poca autonomía que tiene.

En realidad, no es la primera vez que se habla de la eutanasia en Bolivia. La comunicadora social Mariana Vargas difundió el fallecimiento de su mamá, quien fue atendida por médicos de emergencia en la ciudad de La Paz y enviada a su casa con un diagnóstico de «estrés» y una tira de Flogene. Todos los exámenes salieron normales; sin embargo, el cáncer había afectado el hígado y los pulmones, y la paciente falleció. La falta de un diagnóstico oportuno y de un tratamiento eficaz hizo que sus últimos días fueran un verdadero calvario. Los pocos medicamentos disponibles en el hospital solo la adormecían; necesitaba aliviar sus sufrimientos y no encontró solución.

También hay otro proyecto de ley que propone la «ortotanasia», definida como la muerte a tiempo. La idea, en este caso, es que los pacientes terminales reciban ayuda especializada para transitar de la vida a la muerte de forma digna. Se trata de herramientas necesarias para hacer del último tramo de la vida «un momento dulce» y evitar que suponga siempre una agonía traumática. Los sufrimientos innecesarios e indignos son los ejes centrales de ambas propuestas legislativas. La muerte «correcta» consiste en la supresión o limitación de todo tratamiento fútil, extraordinario o desproporcionado ante la inminencia del final. En todo caso, el enfermo debe estar debidamente atendido e informado, y contar con la autonomía necesaria para decidir sobre su vida en ese momento extremo que es la muerte. Toda la información debe ser clara para quien la recibe y debe ser proporcionada por el profesional de salud tantas veces como sea necesario.

La muerte digna se sustenta en el reconocimiento constitucional de que «la dignidad y la libertad de la persona son inviolables; respetarlas y protegerlas es deber primordial del Estado» (art. 22). La iniciativa legislativa establece que ninguna condición social, ideológica, económica u otra puede privar al paciente de su derecho a una atención digna. En el primer caso, cuando se consultó sobre otras opciones para ayudar a la paciente, no se podía hacer nada más ni tampoco suspender el tratamiento, pues se estaría cometiendo el delito de «homicidio piadoso». El artículo 257 del Código Penal establece una «pena de reclusión de uno a tres años, si para el homicidio fueren determinantes los móviles piadosos y apremiantes las instancias del interesado, con el fin de acelerar una muerte inminente o de poner fin a graves padecimientos o lesiones corporales probablemente incurables».

Con la finalidad de eximir de responsabilidad penal, civil o administrativa al profesional interviniente en la muerte digna, se debe derogar este artículo del Código Penal. También hay que reformar y actualizar el Código de Salud. El actual se enfoca en los deberes, obligaciones y derechos de los prestadores de servicios, así como en los derechos del paciente, pero no llega al punto de permitirle elegir cómo quiere culminar su vida dignamente. No cabe duda, entonces, de que esta idea exige nuevos paradigmas en la medicina y en la ética profesional.

El derecho a la muerte digna tiene connotaciones éticas, antropológicas, sociales, médicas, jurídicas, etc. A propósito de los proyectos de ley, la eutanasia debe ser abordada con valentía para terminar con esta suerte de hipocresía que consiste en alargar artificialmente la vida, a un alto costo social y económico. La iniciativa legal busca terminar con los sufrimientos estériles derivados de una lesión o enfermedad grave e irreversible, ante los cuales el paciente, en ejercicio de su libertad y autonomía, debe tener el derecho de culminar su vida con dignidad.

*Jurista y autor de varios libros.

William Herrera Áñez | Jurista y autor de varios libros