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Concejo de La Paz aprueba ley de Alivio Tributario y lo remite al Alcalde para su promulgación

La norma también contempla la reducción de intereses y multas para deudas de otros periodos, planes de pago de hasta 36 cuotas y estabilidad tributaria durante tres gestiones fiscales.

El Concejo Municipal de La Paz aprobó por unanimidad la ley de Alivio Tributario
Política | Urgente | 2026-10-30 10:30:40

El Concejo Municipal de La Paz aprobó por unanimidad la ley de Alivio Tributario, que plantea condonar el 100% de las deudas tributarias de inmuebles, vehículos y patentes correspondientes a 2017 y gestiones anteriores, además de las obligaciones de 2020 por la pandemia. La norma también contempla la reducción de intereses y multas para deudas de otros periodos, planes de pago de hasta 36 cuotas y estabilidad tributaria durante tres gestiones fiscales.

El concejal Fabián Yaksic explicó que la iniciativa busca aliviar las obligaciones acumuladas por familias y actividades económicas, además de brindar previsibilidad a los contribuyentes. “Este proyecto no tiene nada que ver con las recaudaciones que la ATM tiene que hacer sobre impuestos a bienes inmuebles y vehículos cada año”, afirmó al defender la propuesta frente a cuestionamientos sobre su efecto en los ingresos municipales.

La condonación total alcanzaría al tributo omitido, intereses, multas, sanciones y otros conceptos vinculados a las obligaciones comprendidas de 2017 y años anteriores, así como de la gestión 2020, según las condiciones previstas en la ley. El beneficio está dirigido a personas naturales y jurídicas, incluidos contribuyentes con deudas en procesos de fiscalización, cobranza coactiva o facilidades de pago incumplidas, dentro de los alcances establecidos.

Para las deudas de 2018 a 2025, con excepción de 2020, la propuesta establece un mecanismo de regularización. Quienes paguen al contado podrán acceder a la condonación del 100% de intereses, multas y sanciones, además de pagar el 50% del mantenimiento de valor calculado hasta la promulgación de la ley, mientras que el porcentaje restante sería condonado.

También se prevén planes de pago de hasta 36 cuotas mensuales, con una primera cuota al formalizar el acuerdo y la posibilidad de establecer un pago inicial mínimo del 10%, conforme a la reglamentación. El incumplimiento de tres cuotas consecutivas o alternas podría ocasionar la pérdida de los beneficios, previa notificación y un plazo de diez días hábiles para regularizar los pagos pendientes.

El programa de regularización tendrá una duración de 120 días calendario, contados desde la habilitación efectiva de los sistemas y mecanismos de pago. El Ejecutivo municipal podrá ampliar ese plazo una sola vez, por hasta 60 días adicionales, mediante un decreto fundamentado. Antes de su aplicación, la Alcaldía tendrá 30 días calendario para reglamentar la norma y hasta otros 30 días desde la publicación del reglamento para adecuar sus sistemas administrativos y operativos.

Otro componente establece estabilidad tributaria durante tres gestiones fiscales completas, computadas desde el año siguiente a la promulgación. Durante ese periodo, se busca impedir incrementos generales de la carga tributaria mediante cambios en valores catastrales, bases imponibles, tablas de valuación, alícuotas y metodologías de cálculo. La medida no impediría ajustes debidamente fundamentados por modificaciones comprobables en los inmuebles, vehículos o actividades económicas.

La propuesta incluye, además, la revisión de retenciones y embargos bancarios vinculados con las obligaciones comprendidas. En determinados casos, plantea solicitar el levantamiento de retenciones dentro de las 48 horas posteriores a la formalización del pago o de una facilidad de pago, así como resolver las solicitudes de revisión de los contribuyentes en un plazo de cinco días hábiles.

Tras su aprobación, la ley será remitida al alcalde César Dockweiler, quien tendrá 15 días para promulgarla o devolverla al Concejo con observaciones. Si el Ejecutivo plantea modificaciones, estas deberán ser consideradas por el Legislativo municipal; de no alcanzar los dos tercios necesarios para aceptarlas, la presidencia del Concejo podrá promulgar la norma, conforme al procedimiento previsto.

La ley entraría en vigencia al día siguiente de su publicación en la Gaceta Municipal. Una vez implementada, la Administración Tributaria Municipal deberá habilitar mecanismos de atención presencial y digital, brindar información gratuita sobre los beneficios y emitir estados de cuenta actualizados. Asimismo, tendrá 90 días calendario desde la entrada en vigencia para presentar al Concejo un informe consolidado sobre la depuración de las obligaciones condonadas.