
Se viene un maratónico proceso de elección de los nuevos vocales del Tribunal Supremo Electoral (TSE). El presidente Rodrigo Paz promulgó la ley 1701, de fecha 2 de diciembre de 2025 y la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) se aprestaba a aprobar la convocatoria este miércoles.
A partir correrá un plazo de 15 días calendario para elegir a seis de los siete vocales del TSE, ya que la norma deja en claro que el mandato de los actuales vence este 19 de diciembre y no será prorrogado por ningún motivo.
El artículo 7 establece que en todas las etapas del proceso, en el pleno de la ALP y en la Comisión Mixta de Constitución, Legislación y Sistema Electoral, integrada por diputados y senadores, todas las decisiones serán aprobadas por dos tercios.
La ley establece que tras el lanzamiento de la convocatoria habrá cuatro días de plazo para presentar las postulaciones. Para la evaluación de méritos, conocimiento y probidad habrá un día de plazo. Una vez la comisión mixta su informe final con la lista de postulantes aprobados, el vicepresidente Edmand Lara tendrá un día de plazo para llamar a sesión.
La norma establece también que una vez concluida una etapa, no puede ser revisada o retrotraída.
Dado el requisito de los dos tercios se requerirá el consenso de las tres fuerzas principales del parlamento nacional, el Partido Demócrata Cristiano (PDC), Libre y Unidad.
Equidad de género y requisitos para aspirantes a vocales
Se debe aplicar la equidad de género, es decir tres de los seis vocales deben ser mujeres, además dos de los seis deben ser integrantes de un pueblo indígena.
Entre los nueve requisitos generales, los aspirantes deben tener 30 años de edad, no tener sentencia ejecutoriada ni antecedentes de violencia contra la mujer. Además deben hablar dos idiomas oficiales del país. No pueden presentarse quienes ya ejercieron como vocales del TSE.
Entre los requisitos específicos no deben tener militancia en ninguna organización política y deben tener título profesional con una vigencia mínima de cinco años.
El artículo 8 establece la participación de veedores nacionales entre ellos universidades públicas y asociaciones de la prensa, además de organismos internacionales como la ONU y la Organización de Estados Americanos (OEA).
Otro de los puntos destacados es que todo el proceso debe ser público y abierto a la ciudadanía, según el artículo 10 parágrafo III.